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CÓDIGO DE ÉTICA PROVEEDORES
CÓDIGO DE ÉTICA PARA PROVEEDORES
A NUESTROS PROVEEDORES
La reputación de Telasist está cimentada en la confianza. Aquellas personas y entidades con las que llevamos a cabo negocios alrededor del país y el mundo saben que estamos comprometidos a manejar nuestros negocios de acuerdo con un conjunto de valores que representan las más altas normas de calidad, integridad, excelencia, cumplimiento de las leyes y respeto a todas y cada una de las costumbres y culturas diversas que existen en los lugares donde operamos. Buscamos desarrollar relaciones con proveedores que compartan valores similares y que dirijan sus negocios de una manera ética.
Como parte de nuestro esfuerzo continuo por desarrollar y fortalecer las relaciones con nuestros proveedores, estamos introduciendo el Programa de Principios Rectores para que se adhieran todos aquellos proveedores directos de Telasist. El Programa de Principios Rectores para Proveedores, se basa en la creencia de que el ser considerado un ciudadano modelo, es esencial para asegurar nuestro éxito en los negocios a largo plazo y esto se debe reflejar en cada una de nuestras relaciones y acciones en el mercado, lugar de trabajo, medio ambiente y comunidad. Hemos incluido nuestros "Principios de Ciudadanía" para ayudarlo en el entendimiento de nuestros valores esenciales.
Al reconocer la existencia de diferencias en las leyes, costumbres y condiciones económicas que afectan nuestras prácticas de negocios en diversas partes del mundo, creemos que los valores aquí compartidos deben servir como fundamento para el establecimiento de relaciones entre Telasist y nuestros proveedores. Los Principios Rectores para el Proveedor replantean nuestros requisitos y enfatizan buenas prácticas laborales, el cumplimiento con las leyes ambientales, sanitarias vigentes y con las leyes y reglamentaciones laborales locales.
Estamos deseando trabajar con ustedes, con el propósito de asegurar un total entendimiento y conformidad con los requisitos que se establecen más adelante en este programa, los cuales han sido creados para usted y para todos los proveedores directos de Telasist.
OBLIGATORIEDAD
El presente Código de Ética, aplica para todas las personas, físicas o morales, que mantengan una relación comercial con Telasist, en lo sucesivo Grupo Telasist, compuesto por las siguientes filiales: TM-Assistance S.A. de C.V., Tas Telephonic Assistance Services S.A. de C.V; Contacto Médico Directo S.A. de C.V; Telemedic S.A. de C.V. y ABC Asistencia S.A. DE C.V.
1. Objetivo
Este Código de Integridad y Conducta tiene como objetivo establecer los estándares de integridad, conducta y comportamiento que deben regir las relaciones comerciales de Grupo Telasist con sus proveedores, socios de negocio y cualquier persona vinculada directa o indirectamente con su nombre e imagen.
Se espera que todos actúen con integridad, ética, transparencia, honestidad y conducta intachable, respetando en todo momento el buen juicio y las buenas costumbres, como parte esencial de la cultura institucional de Grupo Telasist.
2. Alcance
El presente Código de Integridad y Conducta aplica obligatoriamente para todas las personas, físicas o morales, que mantengan una relación comercial con Telasist, en lo sucesivo Grupo Telasist, compuesto por las siguientes filiales: TM-ASSISTANCE S.A. DE C.V., TAS TELEPHONIC ASSISTANCE SERVICES S.A. DE C.V., CONTACTO MÉDICO DIRECTO S.A. DE C.V., TELEMEDIC S.A. DE C.V. Y ABC ASISTENCIA S.A. DE C.V., así como cualquier otra filial o entidad que se incorpore en el futuro a Grupo Telasist. La renuncia de empleados por parte del proveedor no excluye que sea confirmado el cumplimiento de los estándares de conducta y de la responsabilidad de que el personal del proveedor acepte conservar los lineamientos del presente Código.
3. Misión
Este Código de Integridad y Conducta deberá promover:
· Alcanzar los objetivos marcados y proveer un sistema para el manejo ético de conflictos de interés, entre la relación personal y la profesional.
· Nuestra capacidad de proporcionar un completo, justo, exacto, oportuno y comprensible contenido en los informes y documentos que sometemos a cualquier autoridad, cliente, instancias de gobierno corporativo y en general a cualquier comunicación pública.
· Nuestra aceptación y cumplimiento a las leyes, reglamentos y regulaciones gubernamentales en todos los lugares en los cuales desarrollemos negocios.
· La divulgación oportuna de violaciones a este Código de Integridad y Conducta para tener posibilidad de solucionar y rectificar las mismas.
· Asumir la responsabilidad de respetar y hacer respetar este Código de Integridad y Conducta
4. Nuestros Proveedores
La reputación de Grupo Telasist está cimentada en la confianza. Aquellas personas y entidades con las que llevamos a cabo negocios alrededor del país y el mundo saben que estamos comprometidos a manejar nuestros negocios de acuerdo con un conjunto de valores que representan las más altas normas de calidad, integridad, excelencia, cumplimiento de las leyes y respeto a todas y cada una de las costumbres y culturas diversas que existen en los lugares donde operamos. Buscamos desarrollar relaciones con proveedores que compartan valores similares y que dirijan sus negocios de una manera ética.
Como parte de nuestro esfuerzo continuo por desarrollar y fortalecer las relaciones con nuestros proveedores, estamos introduciendo el Programa de Principios Rectores para que se adhieran todos aquellos proveedores directos de Grupo Telasist. El Programa de Principios Rectores para Proveedores se basa en la creencia de que ser considerado un ciudadano modelo es esencial para asegurar nuestro éxito en los negocios a largo plazo, y esto se debe reflejar en cada una de nuestras relaciones y acciones en el mercado, lugar de trabajo, medio ambiente y comunidad.
Al reconocer la existencia de diferencias en las leyes, costumbres y condiciones económicas que afectan nuestras prácticas de negocios en diversas partes del mundo, creemos que los valores aquí compartidos deben servir como fundamento para el establecimiento de relaciones entre Grupo Telasist y nuestros proveedores.
5. Principios de Integridad y Ética
Todos y cada uno de los directivos, funcionarios y empleados deben actuar con honestidad, transparencia, integridad y prudencia. Grupo Telasist requiere que sus proveedores acepten este comportamiento y compartan el interés por desarrollar los más altos estándares de ética al interior de su organización.
Honestidad y ética en todas las negociaciones que desarrolle con Grupo Telasist y en general tener un comportamiento comercial reconocido por el sector de negocios en México, que corresponda a la actividad del proveedor, acorde con este compromiso.
Actuar con buena fe, competentemente y con el debido cuidado en la forma de realizar sus acciones y juzgar, así mismo, nunca permitir que el juicio y la conducta apropiada sean comprometidas. Respetar la integridad de la información confidencial adquirida en el curso de los servicios prestados a Grupo Telasist.
Promover la ética y la honestidad entre sus colegas y clientes.
Respeto por los derechos de equidad entre todas las personas. Grupo Telasist rechaza cualquier tipo de discriminación, acoso, difamación, hostigamiento, maltrato o desprecio. Creemos firmemente en la igualdad de oportunidades y que debe ser concedida para toda persona sin importar su edad, raza, género, preferencia sexual, creencia, religión, nacionalidad, estado civil, desventaja o discapacidad física.
Compromiso de denunciar ante nuestra área de Compliance cualquier evento del que tenga conocimiento o duda razonable, cuando perciba alguna violación a este Código de Integridad y Conducta, a las políticas y normas de Grupo Telasist, o las leyes aplicables.
La violación de los estándares solicitados en este Código de Integridad y Conducta será el resultado de actividades correctivas y, en caso aplicable, de la rescisión definitiva de la relación comercial.
6. Cumplimiento de la Legislación Aplicable
El proveedor se compromete a cumplir, en todo momento, con la legislación, reglamentos y demás disposiciones normativas aplicables en los ámbitos federal, estatal y municipal, así como con los requisitos contractuales y las políticas establecidas por la empresa.
· Leyes y Reglamentaciones: El proveedor cumplirá́́ con todas las leyes, normas, decretos, protocolos sanitarios, reglamentaciones y requisitos vigentes en la prestación y distribución de nuestros productos y servicios.
· Trabajo de Menores: El proveedor no utilizará el trabajo de menores de acuerdo con la definición de este por las leyes locales o federales aplicables en el tema, así́ como demostrará respeto a los tratados internacionales.
· Trabajo Forzoso: El proveedor no hará́́ uso de trabajos forzosos u obligatorios.
· Abuso Laboral: El proveedor no empleará el abuso laboral físico.
· Negociación Colectiva: El proveedor respetará los derechos de los empleados de escoger si quieren ser representados por terceros y negociar de manera colectiva de acuerdo con las leyes locales.
· Salarios y Beneficios: Los salarios y beneficios estarán de acuerdo con las leyes locales.
· Horarios de Trabajo y Horas Extras: Los horarios de trabajo y las horas extras se fijarán de acuerdo con las leyes locales.
· Salud y Seguridad: Las condiciones de trabajo cumplirán con las reglamentaciones locales y Federales incluyendo protocolos sanitarios para casos de emergencias sanitarias.
· Medio Ambiente: El proveedor cumplirá́́ con todas las leyes ambientales vigentes.
7. Cumplimiento Laboral y de Seguridad Social
El proveedor es el único patrón de su personal y responsable exclusivo de las obligaciones laborales, de seguridad social, de vivienda y fiscales que deriven de dicha relación. El personal del proveedor no estará sujeto a subordinación, dirección ni supervisión por parte de Grupo Telasist.
Cuando el objeto del servicio implique la puesta a disposición de personal para la ejecución de servicios u obras especializadas, el proveedor deberá contar con registro vigente ante el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, entregar copia de su constancia y notificar de inmediato cualquier suspensión, cancelación o modificación de dicho registro.
El proveedor deberá entregar, cuando Grupo Telasist lo solicite y al menos de forma cuatrimestral, la evidencia de cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad social y contribuciones, incluyendo el pago de cuotas obrero-patronales al IMSS, aportaciones al INFONAVIT, retenciones y entero del impuesto sobre la renta, impuesto sobre nóminas y, cuando corresponda, la información prevista en los artículos 15-A de la Ley del Seguro Social y 29 Bis de la Ley del INFONAVIT.
El proveedor cumplirá con las Normas Oficiales Mexicanas aplicables a su actividad, en particular la NOM-035-STPS en materia de identificación, análisis y prevención de factores de riesgo psicosocial, y la NOM-037-STPS en materia de teletrabajo cuando su personal preste servicios de forma remota o híbrida, así como con las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo en materia de condiciones dignas de trabajo, jornada, descansos y derecho al asiento.
El incumplimiento de las obligaciones previstas en este apartado faculta a Grupo Telasist a retener los pagos pendientes hasta que se acredite su regularización y, en su caso, a rescindir la relación comercial sin responsabilidad alguna. El proveedor se obliga a sacar en paz y a salvo e indemnizar a Grupo Telasist de cualquier reclamación, demanda, crédito fiscal, multa o resolución de autoridad derivada de dicho incumplimiento.
8. Cumplimiento Fiscal y Comprobación de Operaciones
El proveedor deberá emitir comprobantes fiscales digitales que cumplan con los requisitos de las disposiciones fiscales vigentes y que correspondan exclusivamente a bienes efectivamente entregados o servicios efectivamente prestados.
El proveedor manifiesta que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y se obliga a entregar, cuando Grupo Telasist lo solicite y al menos de forma semestral, su opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo emitida por el Servicio de Administración Tributaria en términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
El proveedor manifiesta, bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra incluido en los listados a que se refieren los artículos 69 y 69-B del Código Fiscal de la Federación, ni en los supuestos de empresas que facturan operaciones simuladas, y se obliga a notificar a Grupo Telasist dentro de los cinco días hábiles siguientes a que sea notificado de su inclusión en cualquiera de dichos listados, incluso de forma presuntiva. La inclusión definitiva del proveedor en dichos listados constituye causa de rescisión inmediata sin responsabilidad para Grupo Telasist.
El proveedor deberá conservar y proporcionar, cuando le sea requerida, la documentación que acredite la materialidad y razón de negocios de las operaciones celebradas con Grupo Telasist, incluyendo entregables, evidencia de la prestación del servicio, capacidad técnica, material y humana, así como la información relativa a su beneficiario controlador en términos del artículo 32-B Ter del Código Fiscal de la Federación.
9. Prácticas de Negocio
En Grupo Telasist estamos obligados a rechazar cualquier práctica desleal y restrictiva en las relaciones de negocios y, de igual manera, a respetar completamente las leyes que las regulan. Estas leyes nos requieren tratar de forma justa con nuestros proveedores, clientes y socios.
Si el proveedor sospecha que se llevan a cabo acciones que restringen la relación comercial o que le otorgan un trato injusto por parte de los empleados de Grupo Telasist, deberá notificarlo inmediatamente al área de Compliance.
El proveedor cumplirá con la Ley Federal de Competencia Económica y con la legislación en materia de competencia de los países donde opere. Queda estrictamente prohibido celebrar acuerdos, convenios o intercambios de información con competidores que tengan por objeto o efecto fijar precios, manipular posturas en procesos de licitación, cotización o adjudicación de Grupo Telasist, dividir mercados o clientes, restringir la oferta, o cualquier otra práctica monopólica absoluta o relativa. El proveedor no compartirá con competidores información sobre precios, márgenes, costos, capacidad, condiciones comerciales ofrecidas a Grupo Telasist ni estrategias de participación en sus procesos de contratación.
10. Conflicto de Interés
Los proveedores de Grupo Telasist deberán evitar establecer actividades personales, de inversión de valores, de asociación mercantil, de las cuales pudiera desprenderse un posible conflicto de interés que afecte el apropiado desarrollo de la relación comercial. Evitarán juicios de negocio relativos a nuestra corporación y, si llegara a existir el conflicto de intereses, deberá reportarlo inmediatamente al área de Compliance de Grupo Telasist. Ningún proveedor de Grupo Telasist podrá aprovechar su posición para obtener algún beneficio personal, o desarrollar oportunidades de negocio con información que haya sido desarrollada como parte de la relación comercial con Grupo Telasist.
De forma enunciativa, mas no limitativa, se considera como conflicto de intereses lo siguiente:
· Involucrar a Grupo Telasist en transacciones personales, con familiares, amigos, empresas filiales o cualquier entidad controlada por los accionistas o representantes de los proveedores de Grupo Telasist, en los cuales no exista el consentimiento expreso de Grupo Telasist.
· Usar información confidencial relativa a Grupo Telasist, o a clientes de Grupo Telasist, y obtener por lo anterior algún beneficio personal, para algún familiar, socio, empresa filial y en general para cualquier persona ligada directamente.
· Tener interés financiero, de inversión de valores, de asociación mercantil o comercial con cualquiera de nuestros clientes, proveedores o competidores.
· Recibir préstamos o garantía de obligaciones por parte de Grupo Telasist, o en general de cualquier persona derivada del resultado de la relación comercial.
En relación con cualquier conflicto de intereses, real o aparente, que involucre a los proveedores de Grupo Telasist, el proveedor deberá notificar por escrito al área de Compliance inmediatamente que tenga conocimiento respecto de dicha situación, quien revisará y determinará las acciones que deberán tomarse en cuenta para evitar el citado conflicto. Dichas acciones serán notificadas a la Alta Dirección, quien determinará las acciones conducentes, mismas que serán resolutorias e inapelables.
11. Regalos y Sobornos
Los regalos y sobornos al personal de Grupo Telasist están absolutamente prohibidos. Los regalos recibidos por personal de Grupo Telasist deberán ser de contenido promocional y sin valor económico representativo; lo anterior no otorgará en ningún momento ventaja alguna al proveedor en la relación comercial con Grupo Telasist.
El proveedor evitará, directamente o por medio de terceros, otorgar regalos al personal de Grupo Telasist; de igual forma, se evitará en todo momento generar situaciones en las que se comprometan los objetivos de este Código. En consecuencia, para el caso de eventos y festividades en las cuales por cultura generalmente se otorgan regalos, los proveedores se comprometen a notificar al área de Compliance la intención de otorgar dichos regalos al personal de Grupo Telasist. El área de Compliance determinará si dichos regalos tienen contenido promocional y su valor económico es representativo o meramente simbólico. La autorización del área de Compliance para entregar los citados regalos es inapelable y constará por escrito.
Para efectos de este Código, se considerará que un regalo o cortesía carece de valor económico representativo cuando su valor de mercado no exceda el equivalente a diez veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente, y siempre que no se otorgue durante un proceso de licitación, cotización, renegociación o evaluación en el que participe el proveedor. Los obsequios en efectivo o equivalentes de efectivo, tales como tarjetas de regalo, vales, transferencias, valores o criptoactivos, están prohibidos sin importar su monto. Todo regalo o cortesía que exceda el umbral señalado deberá ser rechazado o, en su caso, entregado al área de Compliance para su registro y destino institucional.
El proveedor deberá obedecer sin excepción las leyes y regulaciones que involucren o hagan referencia a la entrega de regalos, para lo cual se somete a la jurisdicción de las leyes aplicables en México y en general de los países en los que Grupo Telasist mantenga relación comercial con el proveedor.
12. Anticorrupción
El proveedor se compromete a rechazar y prevenir toda forma de corrupción en el desarrollo de su relación comercial con Grupo Telasist, absteniéndose de ofrecer, prometer, otorgar, solicitar o aceptar, directa o indirectamente, cualquier pago, dádiva, comisión, beneficio o ventaja indebida a favor o de parte de servidores públicos, nacionales o extranjeros, o de terceros particulares, con el propósito de obtener u otorgar alguna ventaja indebida en la relación comercial.
Queda estrictamente prohibido efectuar pagos de facilitación, entendidos como pequeños pagos informales entregados a servidores públicos para acelerar o asegurar la realización de trámites o gestiones a las que el proveedor o Grupo Telasist ya tienen derecho.
Cuando el proveedor subcontrate a terceros para la prestación de servicios relacionados con Grupo Telasist, deberá llevar a cabo una debida diligencia razonable para asegurar que dichos terceros también se conduzcan conforme a los principios anticorrupción establecidos en este Código.
El proveedor deberá reportar de forma inmediata al área de Compliance cualquier solicitud, oferta o sospecha de un acto de corrupción del que tenga conocimiento, relacionado con personal de Grupo Telasist, servidores públicos o terceros vinculados a la relación comercial.
13. Prevención de Fraude y Falsificación de Expedientes
El proveedor se compromete a actuar con honestidad en todas las transacciones comerciales con Grupo Telasist y a no incurrir en ningún acto de fraude, incluyendo, de forma enunciativa y no limitativa:
Presentar facturas, cotizaciones o comprobantes falsos, alterados o que no correspondan a bienes o servicios realmente entregados.
Manipular, alterar o colaborar en la manipulación de procesos de licitación, cotización o adjudicación de contratos con Grupo Telasist.
Utilizar documentación falsa o información engañosa para obtener la adjudicación de un contrato, pago o beneficio de Grupo Telasist.
Desviar, sustraer o hacer uso indebido de recursos, bienes o fondos de Grupo Telasist en beneficio propio o de terceros.
El proveedor deberá reportar de forma inmediata al área de Compliance cualquier sospecha de fraude, del que tenga conocimiento, cometido por su propio personal, por personal de Grupo Telasist o por terceros relacionados con la relación comercial
En el caso de que el proveedor entregue reportes a Grupo Telasist y descubra inexactitudes o errores en los mismos, deberá notificarlos inmediatamente al Gerente responsable de la recepción de este. El proveedor está comprometido a involucrarse hasta que el error sea resuelto, de forma que se evite entregar información errónea, falsa o inexacta. La falsificación de documentales está absolutamente prohibida.
14. Prevención de Lavado de Dinero
Grupo Telasist tiene el deber y la obligación legal de evitar que fondos de origen ilícito accedan a la empresa y puedan llegar al sistema financiero. Por lo anterior, todos los proveedores deberán apegarse a la legislación fiscal vigente, así como a lo establecido en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) y demás leyes aplicables en la materia para la prevención del lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. Por medio del presente Código, se comprometen a evitar que sus actividades puedan ser constitutivas de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, adoptando las medidas que consideren oportunas para evitar que con su operativa vulneren o incurran en algunas de las actividades ilícitas referidas en la ley.
Si en alguno de los puntos anteriores el proveedor tiene duda razonable, deberá ponerse en contacto con el área de Compliance y considerar el inicio de la denuncia de las violaciones al presente Código conforme al procedimiento establecido.
Cualquier proveedor que ignore o viole nuestros estándares de conducta, así como cualquier gerente o empleado de Grupo Telasist que penalice o reprima al proveedor por seguir el Código, será sujeto de acciones correctivas inmediatas, incluyendo, de ser el caso, la separación de los empleados de Grupo Telasist y la terminación de la relación comercial con el proveedor.
15. Debida Diligencia de Terceros y Listas Restrictivas
El proveedor acepta someterse a los procesos de debida diligencia de integridad que Grupo Telasist aplique con anterioridad al inicio de la relación comercial y de forma periódica durante su vigencia, así como a proporcionar información veraz, completa y actualizada sobre su identidad, estructura corporativa, accionistas, beneficiario controlador, representantes legales, domicilio y actividad económica.
El proveedor manifiesta, bajo protesta de decir verdad, que ni él, ni sus accionistas, consejeros, directivos, representantes legales o beneficiarios controladores, se encuentran incluidos en la Lista de Personas Bloqueadas emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en las listas de sanciones del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, en la lista de Nacionales Especialmente Designados de la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de América, ni en cualquier otra lista de sanciones o restricciones aplicable a las operaciones de Grupo Telasist.
El proveedor deberá informar por escrito al área de Compliance, dentro de los cinco días hábiles siguientes, cualquier cambio en su estructura de propiedad o control, la existencia de personas políticamente expuestas entre sus accionistas, directivos o beneficiarios controladores, así como su inclusión o la de cualquiera de dichas personas en alguna de las listas señaladas o el inicio de una investigación o procedimiento en materia de corrupción, fraude, lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
Los pagos derivados de la relación comercial se realizarán exclusivamente mediante transferencia electrónica a cuentas bancarias registradas a nombre del proveedor en la jurisdicción donde presta el servicio o tiene su domicilio fiscal. No se aceptarán pagos en efectivo, pagos a terceros, pagos a cuentas en jurisdicciones distintas ni instrucciones de pago que no hayan sido validadas conforme a los controles internos de Grupo Telasist.
La actualización o inclusión del proveedor en cualquiera de las listas restrictivas señaladas constituye causa de suspensión inmediata de operaciones y de terminación de la relación comercial sin responsabilidad para Grupo Telasist.
16. Derechos Humanos
Grupo Telasist promueve los derechos humanos reconocidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de la ONU, y los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Grupo Telasist considera que el respeto a los derechos humanos es un principio fundamental para el desarrollo de relaciones comerciales responsables y sostenibles. Por ello, espera que todos sus proveedores, contratistas y socios comerciales se conduzcan conforme a lo siguiente:
Respetar la dignidad, los derechos y las libertades fundamentales de todas las personas con las que interactúen.
Abstenerse de cualquier práctica que implique trabajo infantil, trabajo forzoso, servidumbre, trata de personas o cualquier otra forma de explotación laboral.
Promover un entorno laboral libre de discriminación, acoso, hostigamiento, violencia o cualquier conducta que vulnere la dignidad de las personas.
Garantizar igualdad de oportunidades y un trato justo, sin distinción por motivos de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, estado de salud, religión, opiniones, orientación sexual, identidad de género, estado civil o cualquier otra condición protegida por la legislación aplicable.
Respetar la libertad de asociación y el derecho de las personas trabajadoras a organizarse y negociar colectivamente, conforme a la legislación vigente.
Proporcionar condiciones de trabajo seguras, saludables y respetuosas de los derechos laborales.
Implementar medidas razonables para identificar, prevenir y atender posibles impactos negativos en materia de derechos humanos derivados de sus actividades.
La empresa podrá solicitar evidencia del cumplimiento de estos principios cuando la naturaleza de la relación comercial o los procesos de evaluación de proveedores así lo requieran. Cualquier incumplimiento podrá ser motivo de la implementación de acciones correctivas o, en su caso, de la terminación de la relación comercial.
17. Trabajo Forzoso y de Menores
Los proveedores no deberán emplear a ninguna persona que se encuentre por debajo de la edad legal para trabajar, ni permitir el abuso o acoso físico o de otra naturaleza, ni tampoco el uso del trabajo forzoso u otro de carácter obligatorio en cualquiera de sus operaciones.
18. Salud y Seguridad
Nuestros proveedores deberán proporcionar un lugar de trabajo seguro para sus empleados y colaboradores, con políticas y procedimientos en vigor que minimicen el riesgo de accidentes, lesiones y exposición a riesgos que afecten la salud, y en cumplimiento a las regulaciones aplicables. Así mismo, deberán contar y aplicar los protocolos sanitarios para contingencias o emergencias sanitarias.
El proveedor tanto en el lugar de trabajo para sus empleados, así ́como para la prestación de nuestros servicios de asistencia, los realizará aplicando todos los protocolos sanitarios que expidan las Autoridades competentes, cuidando siempre la salud de sus empleados, clientes y/o usuarios.
19. Medio Ambiente y sostenibilidad
Grupo Telasist reconoce la importancia de proteger el medio ambiente y promover el desarrollo sostenible como parte de una cadena de suministro responsable. Por ello, espera que sus proveedores, contratistas y socios comerciales desarrollen sus actividades minimizando los impactos ambientales y contribuyendo al uso responsable de los recursos naturales.
Los proveedores deberán:
Cumplir con la legislación y normativa ambiental aplicable.
Prevenir y minimizar los impactos ambientales derivados de sus operaciones.
Promover el uso eficiente de los recursos naturales, como agua, energía y materias primas.
Gestionar adecuadamente los residuos y fomentar su reducción, reutilización y reciclaje.
Implementar, cuando sea posible, acciones para reducir emisiones y otros impactos ambientales.
Promover prácticas de mejora continua e innovación que contribuyan a la sostenibilidad.
La empresa promueve una cadena de suministro sostenible y espera que sus proveedores compartan este compromiso, incorporando progresivamente prácticas ambientales, sociales y de gobernanza (ESG) que contribuyan a generar valor para las personas, el medio ambiente y la sociedad. Asimismo, los invita a participar activamente en iniciativas que favorezcan la reducción de impactos ambientales, la acción climática, la innovación sostenible y el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030.
20. Protección de Datos Personales
El proveedor se compromete a tratar los datos personales a los que tenga acceso derivado de la relación comercial con Grupo Telasist, de conformidad con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2025, las disposiciones que de ella deriven y los criterios que emita la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, así como cualquier ley aplicable en la materia en los países donde exista relación comercial.
El proveedor deberá implementar medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas para proteger dichos datos personales, limitando su uso a los fines estrictamente relacionados con la relación comercial, y notificará inmediatamente al área de Compliance cualquier vulneración de seguridad que comprometa la confidencialidad, integridad o disponibilidad de dichos datos.
Datos personales sensibles. El proveedor reconoce que, por la naturaleza de las actividades de Grupo Telasist, puede tener acceso a datos personales sensibles, incluyendo datos de salud de clientes y usuarios de los servicios de asistencia, telemedicina y orientación médica. El proveedor únicamente podrá tratar dichos datos cuando resulte indispensable para la prestación del servicio contratado, se cuente con el consentimiento expreso y por escrito del titular obtenido o acreditado por Grupo Telasist, y se apliquen medidas de seguridad reforzadas, incluyendo cifrado en tránsito y en reposo, control de accesos por perfil, registro de auditoría de accesos y acuerdos de confidencialidad individuales con su personal.
Carácter de encargado. Cuando el proveedor trate datos personales por cuenta de Grupo Telasist, lo hará en calidad de encargado y, en consecuencia: (i) tratará los datos únicamente para las finalidades instruidas por escrito por Grupo Telasist, sin apropiarse de ellos ni usarlos para fines propios; (ii) no transferirá ni pondrá a disposición de terceros los datos personales sin autorización previa y por escrito de Grupo Telasist; (iii) no subcontratará total o parcialmente el tratamiento sin autorización previa y por escrito, y en caso de obtenerla trasladará al subencargado, mediante instrumento vinculante, las mismas obligaciones previstas en este apartado, conservando la responsabilidad frente a Grupo Telasist; (iv) guardará confidencialidad respecto de los datos incluso después de concluida la relación comercial; y (v) al término de la relación comercial, o cuando Grupo Telasist lo requiera, suprimirá o devolverá los datos personales y todas sus copias, incluidos respaldos, y entregará constancia por escrito de la supresión dentro de los treinta días naturales siguientes, salvo obligación legal de conservación, la cual deberá acreditar.
Vulneraciones de seguridad. El proveedor notificará al área de Compliance y al responsable de seguridad de la información de Grupo Telasist cualquier vulneración de seguridad, real o presunta, que afecte datos personales tratados por cuenta de Grupo Telasist, dentro de las veinticuatro horas siguientes a que tenga conocimiento de ella. La notificación deberá describir la naturaleza del incidente, los datos y titulares comprometidos, las causas identificadas, las acciones correctivas adoptadas y las recomendaciones para los titulares. El proveedor colaborará sin costo en la investigación forense, la preservación de evidencia y la atención de requerimientos de autoridad, y no comunicará el incidente a titulares, autoridades, medios de comunicación ni terceros sin la coordinación previa y por escrito con Grupo Telasist.
Derechos de los titulares y transferencias. El proveedor canalizará al área de Compliance, dentro de los tres días hábiles siguientes a su recepción, cualquier solicitud de acceso, rectificación, cancelación u oposición, revocación del consentimiento o limitación de uso que reciba directamente de un titular, y prestará el apoyo necesario para su atención en los plazos legales. El proveedor no realizará transferencias internacionales de datos personales de Grupo Telasist sin autorización previa y por escrito, y únicamente hacia jurisdicciones y contrapartes que garanticen un nivel de protección equivalente al previsto en la legislación mexicana.
Acreditación de cumplimiento. El proveedor deberá contar con un aviso de privacidad vigente, políticas internas de protección de datos personales, designación de un responsable en la materia y evidencia de capacitación de su personal. Grupo Telasist podrá solicitar dicha evidencia en cualquier momento como parte de sus procesos de evaluación y auditoría de proveedores.
21. Ciberseguridad
Los proveedores que tengan acceso a sistemas, redes o infraestructura tecnológica de Grupo Telasist deberán cumplir con las políticas de seguridad de la información establecidas por Grupo Telasist, evitando el acceso no autorizado, la instalación de software no autorizado, o cualquier acción que comprometa la integridad, confidencialidad o disponibilidad de dichos sistemas.
El proveedor deberá reportar de forma inmediata al área de Compliance o a la Gerencia responsable cualquier incidente de seguridad, acceso indebido o sospecha de vulneración a los sistemas de Grupo Telasist del que tenga conocimiento.
El reporte deberá realizarse dentro de las veinticuatro horas siguientes a que el proveedor tenga conocimiento del incidente. El proveedor colaborará sin costo en las actividades de contención, investigación forense y preservación de evidencia, y entregará un informe de causa raíz y plan de remediación dentro de los diez días hábiles siguientes al cierre del incidente.
El proveedor deberá mantener controles mínimos de seguridad, incluyendo autenticación multifactor para accesos remotos y privilegiados, gestión de vulnerabilidades y actualizaciones de seguridad, cifrado de la información en tránsito y en reposo, respaldos verificados, segregación de ambientes, registro y monitoreo de accesos, y revocación de credenciales de su personal dentro de las veinticuatro horas siguientes a la baja o cambio de funciones.
El proveedor no almacenará, procesará ni replicará información de Grupo Telasist en equipos personales, servicios de nube no autorizados o ambientes de desarrollo y pruebas, salvo autorización previa y por escrito. Grupo Telasist podrá requerir evidencia de certificaciones, evaluaciones de seguridad o pruebas de penetración, así como practicar sus propias evaluaciones sobre los servicios que le sean prestados.
El proveedor deberá contar con un plan de continuidad de negocio y de recuperación ante desastres documentado y probado al menos una vez al año, con objetivos de tiempo y punto de recuperación acordes a la criticidad de los servicios de asistencia que preste, y deberá informar a Grupo Telasist de cualquier evento que comprometa la continuidad del servicio.
22. Grabación de Llamadas, Monitoreo y Uso de Inteligencia Artificial
Cuando el proveedor participe en la atención de llamadas, mensajería o cualquier canal de contacto con clientes y usuarios de Grupo Telasist, deberá sujetarse a los lineamientos de grabación, resguardo, acceso y conservación de dichas interacciones que Grupo Telasist le comunique, asegurando que se informe al titular conforme al aviso de privacidad aplicable y que las grabaciones se traten como información confidencial y como datos personales.
Las grabaciones, transcripciones y registros de atención son propiedad de Grupo Telasist. El proveedor no podrá reproducirlos, extraerlos, compartirlos ni utilizarlos para fines de entrenamiento de modelos, analítica propia, comercialización o cualquier finalidad distinta a la prestación del servicio contratado, sin autorización previa y por escrito.
El proveedor deberá informar y obtener autorización previa y por escrito de Grupo Telasist antes de utilizar sistemas de inteligencia artificial, aprendizaje automático o automatización que traten información o datos personales de Grupo Telasist, de sus clientes o de sus usuarios. En tal caso deberá acreditar supervisión humana en decisiones que afecten a personas, medidas para prevenir sesgos y resultados discriminatorios, trazabilidad de las decisiones, y la prohibición de que la información de Grupo Telasist sea utilizada para entrenar modelos de terceros o modelos de uso general.
El proveedor deberá mantener en todo momento la capacidad de reproducir y entregar a Grupo Telasist, dentro de los plazos que le sean requeridos, las grabaciones y registros de atención que resulten necesarios para atender quejas, reclamaciones, auditorías, requerimientos de clientes institucionales o de autoridades competentes.
23. Uso inapropiado o Robo de Propiedad
Grupo Telasist manifiesta expresamente a los proveedores que es legítimo propietario de información, software, equipo de cómputo, maquinaria y en general de una variada consideración de efectos materiales y de servicio. En los casos en que sea entregado al proveedor algún bien, propiedad de Grupo Telasist, este se compromete a darle el trato y mantenimiento adecuado, evitando el uso indebido o la pérdida de este. El citado equipo deberá ser usado únicamente para efectos de negocio, evitando en todo momento utilizarlo para efectos de obtener algún tipo de ganancia personal.
24. Confidencialidad
La información generada por Grupo Telasist, nuestros clientes, nuestro corporativo y en general la información que es entregada a los proveedores, es confidencial. Grupo Telasist confía en que se le dará el trato y cuidado apropiado a la información que los proveedores obtengan de nosotros. Dicha información deberá ser útil únicamente para efectos de la relación comercial con Grupo Telasist, por lo que no podrá ser compartida, comentada, divulgada, y en general no podrá ser transmitida a terceros, familiares, socios, empresas filiales de los proveedores, ni usada en beneficio propio o de terceros para generar competencia comercial con Grupo Telasist. Para este efecto los proveedores firmarán un convenio de confidencialidad (Anexo de Confidencialidad), el cual formará parte integral del presente Código y de cualquier convenio comercial suscrito con Grupo Telasist.
La obligación de guardar la confidencialidad de la información que el proveedor llegara a obtener de Grupo Telasist existirá aun cuando la relación comercial se finiquite, para lo cual quedará vigente la obligatoriedad de guarda de información por el término señalado en el convenio de confidencialidad suscrito con Grupo Telasist.
De forma enunciativa y no limitativa, Grupo Telasist considera lo siguiente como información confidencial:
Lineamientos comerciales, los cuales incluyen cualquier información técnica o de negocios, como podrían ser fórmulas de cálculo, programas, métodos, técnicas, compilaciones, o información valuada comercialmente.
Inventos, desarrollo de procesos, material desarrollado con equipo asignado al proveedor por Grupo Telasist, en general la información que sea creada o desarrollada a partir de los bienes de Grupo Telasist. Información clasificada como confidencial y que sea el resultado de los trabajos realizados a favor de Grupo Telasist, o relativas a nuestro desarrollo de negocio.
La información financiera de Grupo Telasist, de sus empleados, de sus clientes o de sus proveedores, listados de clientes, partes, accesorios, actividades y en general listados que contengan información de la actividad de Grupo Telasist.
El proveedor no podrá publicar, por ningún medio impreso o electrónico, o hacer declaraciones en público que involucren a Grupo Telasist, o cualquier información confidencial relativa. Solo con la autorización previa y expresamente por escrito del representante legal de Grupo Telasist, el proveedor podrá comentar, transmitir o divulgar información de Grupo Telasist.
25. Reporte de Violaciones
Grupo Telasist, por recomendación de la alta dirección, designará al área de Compliance de Grupo Telasist un oficial de cumplimiento quien está autorizado para supervisar toda la auditoría interna y autoevaluar los programas relativos a las regulaciones y las desviaciones de obligaciones, en orden de asegurar la consistente aplicación e interpretación de nuestras políticas de conformidad a este Código.
Es una política en Grupo Telasist que, si nuestros proveedores descubren o sospechan una conducta inapropiada, ya sea de sus propios trabajadores o del personal que labora en Grupo Telasist, deberán reportar dichas violaciones a este Código directamente con el área de Compliance (compliance@telasist.com) de Grupo Telasist, proporcionando al efecto la documentación comprobatoria respecto de las conductas reportadas. El proveedor podrá realizar la denuncia de las violaciones, si así lo desea, de forma que se garantice su anonimato en el procedimiento. El proveedor tendrá toda la protección de la Alta Dirección, excepto para el caso en que se compruebe que ha presentado un reporte falso, y para lo cual acepta su responsabilidad en caso de que por su reclamación se desprenda un procedimiento que involucre a autoridades judiciales o de cualquier otra índole. Todos los comunicados que los proveedores entreguen con relación a una violación de este Código permanecerán con el área de Compliance y su manejo será estrictamente confidencial.
Para el correcto cumplimiento de este Código, Grupo Telasist hace público para todos nuestros empleados, socios de negocio, proveedores y en general para toda aquella persona física o moral con la que llevemos alguna relación comercial, el correo electrónico disponible para notificar las violaciones al presente código.
El canal de denuncia está disponible las veinticuatro horas, los trescientos sesenta y cinco días del año, mediante el correo electrónico compliance@telasist.com, y admite denuncias anónimas. Cuando la denuncia involucre al personal del área de Compliance o exista un conflicto de interés que comprometa su imparcialidad, el denunciante podrá presentarla directamente ante la Dirección General o ante el órgano de gobierno equivalente de Grupo Telasist.
Toda denuncia será acusada de recibo dentro de los tres días hábiles siguientes a su recepción y será investigada de manera objetiva, imparcial y confidencial. El área de Compliance informará al denunciante la conclusión del procedimiento, salvo que se trate de una denuncia anónima que no permita su localización o que la comunicación comprometa la investigación o los derechos de terceros.
Grupo Telasist prohíbe cualquier forma de represalia, sanción, desventaja comercial, terminación de la relación o trato adverso en contra del proveedor o de su personal por haber presentado de buena fe una denuncia o por haber colaborado en una investigación. Cualquier represalia constituye por sí misma una violación a este Código y dará lugar a las consecuencias previstas en el mismo. El proveedor se obliga a establecer y mantener, dentro de su propia organización, un mecanismo equivalente de denuncia y de protección contra represalias para su personal.
26. Régimen de Consecuencias por Incumplimiento
El incumplimiento de este Código será valorado por el área de Compliance atendiendo a su gravedad, reiteración, intencionalidad, daño causado, colaboración del proveedor y medidas correctivas adoptadas, y dará lugar de forma gradual a las siguientes consecuencias, sin que el orden en que se enuncian implique una prelación obligatoria: requerimiento de aclaración; plan de acción correctiva con plazos verificables; apercibimiento por escrito; suspensión temporal de nuevas asignaciones o pedidos; retención de pagos cuando el incumplimiento tenga impacto laboral, fiscal o regulatorio; exclusión del padrón de proveedores; y rescisión de la relación comercial sin responsabilidad para Grupo Telasist.
Se considerarán incumplimientos graves, que facultan a Grupo Telasist a rescindir la relación comercial de forma inmediata y sin responsabilidad alguna, los siguientes: actos de corrupción, soborno o pagos de facilitación; fraude, simulación de operaciones o falsificación de documentos; operaciones con recursos de procedencia ilícita; trabajo infantil, trabajo forzoso o trata de personas; vulneraciones de datos personales o de seguridad de la información atribuibles a dolo o negligencia inexcusable del proveedor; represalias contra denunciantes; y la inclusión definitiva del proveedor en las listas restrictivas señaladas en este Código.
Las consecuencias previstas en este apartado son independientes y adicionales a las penas convencionales, indemnizaciones, acciones civiles, penales, laborales o administrativas que correspondan conforme a los contratos suscritos y a la legislación aplicable. El proveedor se obliga a sacar en paz y a salvo e indemnizar a Grupo Telasist, sus filiales, consejeros, directivos y empleados, respecto de cualquier reclamación, sanción, multa, daño o perjuicio derivado del incumplimiento de este Código por parte del proveedor, de su personal o de sus subcontratistas.
Las resoluciones que emita la Alta Dirección en materia de incumplimientos a este Código serán definitivas para efectos de la relación comercial.
27. Negociaciones
Es considerado por Grupo Telasist no ético e ilegal comprar, vender, comerciar, o participar en cualquier transacción que involucre bienes, partes o accesorios de Grupo Telasist, información, software y en general cualquier bien o servicio que Grupo Telasist no considere del dominio público. El proveedor entiende y acepta que esta actividad genera procedimientos de tipo judicial y de asignación criminal, por lo que responderá ante las autoridades correspondientes, debiendo sacar en paz y a salvo a Grupo Telasist respecto de cualquier responsabilidad al respecto, así como resarcir el daño que se calcule para el caso.
28. Préstamos y Aval
Queda expresamente establecido que Grupo Telasist no otorga préstamos ni avala financieramente a sus proveedores en actividades relacionadas con la actividad comercial, o de cualquier tipo.
29. Otras Relaciones de Negocio
Antes de realizar algún acuerdo con empresas cuya competencia comercial directa sea Grupo Telasist, el proveedor deberá notificar al área de Compliance.
El proveedor entiende y acepta que desarrollar funciones para empresas de competencia comercial con Grupo Telasist tiene implicaciones importantes, por lo que no aceptará cerrar dichos contratos sin obtener previamente la resolución del área de Compliance. Para el caso, se determinará si continúa la relación comercial.
30. Mercado
Nos apegamos a las más altas normas éticas, pues sabemos que la calidad de nuestros servicios, la integridad de nuestras marcas y la dedicación de nuestra gente, se cimientan en la confianza y fortalecen las relaciones, esperando lo mismo de nuestros proveedores. Buscamos atender a la gente que accede a nuestros servicios a través de la innovación, excelencia en el servicio al cliente, y el respeto por las costumbres y culturas peculiares y únicas en aquellas comunidades donde llevamos a cabo negocios, por lo cual el proveedor deberá́́ comportarse en el desarrollo de su actividad como proveedor de Grupo Telasist de conformidad con dichos lineamientos.
31. Responsabilidad de aceptación
Todos los proveedores son responsables de la implementación, seguimiento y aceptación de este Código de Integridad y Conducta. Si el proveedor tiene cualquier duda acerca de la integridad o de la naturaleza ética de cualquier actividad o acción deberá́́ considerar:
· Si las acciones se desarrollan completamente de acuerdo con las leyes aplicables y al presente Código de Integridad y Conducta.
· Si las acciones contienen en apariencia alguna conducta impropia.
· Si compromete los valores de honestidad y trato Justo.
· Si compromete el trato de equidad reconocida por Grupo Telasist.
32. Prácticas en el Lugar de Trabajo
En Grupo Telasist, apoyamos las prácticas de empleo justas, en el ámbito de las relaciones con nuestros empleados, congruentes con un compromiso con los derechos humanos en el lugar de trabajo, y, además, buscamos proporcionar un ambiente seguro en el cual trabajar. Acatamos todas las leyes laborales vigentes en los países en los que hacemos negocios, incluyendo las leyes locales que se refieren al cumplimiento de los horarios de trabajo, compensación, derechos de los empleados de escoger si quieren ser representados por terceros y negociar de manera colectiva, así ́ como las condiciones laborales y otras actividades similares.
Buscamos crear un ambiente de trabajo en donde los individuos sean tratados con dignidad, equidad y respeto. Reconocemos, apreciamos, respetamos y celebramos las diferencias culturales y la diversidad de origen y pensamiento de nuestros empleados.
Todos los seres humanos serán tratados con dignidad, equidad y respeto. Promoveremos un ambiente que incluya a todos y que aliente a los empleados a desarrollarse y desempeñarse a su máximo potencial, congruente con un firme compromiso con los derechos humanos en nuestro lugar de trabajo. Para Grupo Telasist, el lugar de trabajo será́́ aquel en donde se aprecien y respeten las ideas y contribuciones de todos y donde se aliente y premie la responsabilidad
33. Salarios y Beneficios
Nuestros proveedores deberán compensar a sus empleados de manera justa y competitiva en relación con su industria y de conformidad absoluta con las leyes locales y nacionales sobre salarios y horas de trabajo y que les ofrezcan oportunidades a sus empleados para que desarrollen sus habilidades y capacidades.
34. Auditoría
El proveedor no podrá́́ rechazar o influir cuando Grupo Telasist solicite una auditoria para confirmar la aplicación del presente Código de Integridad y Conducta entre los valores de sus empleados. Grupo Telasist, podrá́́ citar a los empleados del proveedor para confirmar que los empleados del proveedor:
· Aceptan el Código de Integridad y Conducta y promueven los estándares éticos.
· Que han recibido y que otorgan un trato justo y equitativo a todas las personas.
· Que conocen el procedimiento para denunciar las violaciones al presente Código de Integridad y Conducta, que cuentan con la información necesaria del procedimiento.
· Que no tienen duda razonable de que se esté́ desarrollando alguna conducta impropia, no ética, de discriminación o de trato injusto y no equitativo.
Grupo Telasist, por sí o a través de terceros que designe, podrá auditar el cumplimiento de este Código y de las obligaciones contractuales del proveedor, mediante revisión documental, cuestionarios de autoevaluación, entrevistas y visitas a sus instalaciones. Las auditorías se practicarán en días y horas hábiles, previo aviso por escrito con al menos cinco días hábiles de anticipación, salvo que exista indicio razonable de fraude, corrupción, vulneración de datos personales o riesgo a la seguridad de las personas, en cuyo caso podrán practicarse sin previo aviso.
El proveedor otorgará acceso a la información, registros, sistemas, instalaciones y personal que resulten necesarios para el objeto de la auditoría, sin que ello implique el acceso a información de terceros protegida por obligaciones de confidencialidad ajenas a la relación comercial. Cada parte cubrirá sus propios costos; sin embargo, cuando la auditoría acredite un incumplimiento imputable al proveedor, este cubrirá el costo razonable de la auditoría y de las verificaciones de seguimiento.
El proveedor deberá conservar por un plazo mínimo de cinco años, o por el plazo mayor que exija la legislación aplicable, los registros contables, fiscales, laborales, de seguridad social, de tratamiento de datos personales y de prestación de los servicios relacionados con la relación comercial con Grupo Telasist.
Los hallazgos de la auditoría se comunicarán por escrito al proveedor, quien deberá presentar un plan de acción correctiva dentro de los diez días hábiles siguientes. La negativa a permitir la auditoría, la obstaculización de la misma, la entrega de información falsa o incompleta, o el incumplimiento del plan de acción correctiva, se considerarán incumplimiento grave a este Código.
35. Servicios Vinculados a Instituciones de Seguros y Clientes Institucionales
Grupo Telasist presta servicios de asistencia a instituciones de seguros, instituciones financieras y otros clientes institucionales sujetos a regulación y supervisión especial. Cuando el servicio del proveedor esté vinculado, directa o indirectamente, a la atención de dichos clientes, el proveedor acepta cumplir con los requisitos adicionales que deriven de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, de la Circular Única de Seguros y Fianzas y de las demás disposiciones aplicables a la contratación de servicios con terceros, así como con las obligaciones que Grupo Telasist haya asumido frente a dichos clientes.
En consecuencia, el proveedor: (i) permitirá el acceso de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, de otras autoridades competentes, del cliente institucional y de los auditores que estos designen, a la información, registros e instalaciones relacionados con el servicio; (ii) no obstaculizará ni limitará las facultades de supervisión, inspección y vigilancia de dichas autoridades; (iii) mantendrá la información del cliente institucional identificada y disponible para su entrega o migración al término del servicio; y (iv) atenderá los estándares de nivel de servicio, continuidad operativa y atención de quejas y reclamaciones que Grupo Telasist le comunique.
El proveedor notificará a Grupo Telasist, con la mayor anticipación posible y en todo caso dentro de los cinco días hábiles siguientes a que tenga conocimiento, de cualquier requerimiento, visita, procedimiento o sanción de autoridad reguladora relacionada con los servicios prestados a Grupo Telasist o a sus clientes institucionales.
36. Publicación del Código de Integridad y Conducta
Grupo Telasist, dará́́ a conocer el presente Código de Integridad y Conducta a todos sus proveedores y de igual manera los proveedores deberán hacerlo del conocimiento de todos los empleados que participen en la relación comercial con Grupo Telasist.
La promoción de los estándares éticos, conducta, manejo de información, trato justo y equitativo son responsabilidad de todos aquellos que participen en la relación comercial.
El proveedor deberá capacitar a su personal involucrado en la relación comercial sobre el contenido de este Código, al inicio de la relación y de forma anual, y conservar la evidencia documental de dicha capacitación, la cual podrá ser requerida por Grupo Telasist en cualquier momento.
Grupo Telasist publicará la versión vigente de este Código en su portal institucional y lo pondrá a disposición de sus proveedores por los medios que estime convenientes. Las modificaciones al Código serán notificadas al proveedor y su versión vigente será la publicada por Grupo Telasist a la fecha del acto o conducta de que se trate.
37. Rotación de Personal del Proveedor
El presente Código de Integridad y Conducta es aplicable a todos los empleados de Grupo Telasist, Directivos, Gerentes, empleados y en general a todos nuestros asociados y proveedores, en todo momento. La renuncia de empleados por parte del proveedor no excluye que sea confirmado el cumplimiento de los estándares de ética y de la responsabilidad de que el personal del proveedor acepte conservar los lineamientos del presente Código de Integridad de Conducta.
38. Manteniendo la Promesa: Principios de Ciudanía
Nuestra reputación está cimentada en la confianza. Siendo ciudadanos responsables cultivaremos nuestras relaciones y continuaremos cimentando esa confianza.
Donde quiera que Grupo Telasist lleve a cabo negocios, nos esforzamos por ser socios confiables y buenos ciudadanos. Estamos comprometidos a manejar nuestros negocios alrededor del mundo en base a un conjunto de valores que sean congruentes con las más altas normas de integridad y excelencia. Dichos valores son compartidos con nuestro excelente personal, lo que hace que nuestro sistema sea más fuerte y sólido.
Estos valores esenciales, forman una parte medular de nuestro éxito en los negocios en el largo plazo y se reflejarán en todas nuestras relaciones y acciones en el mercado, el lugar de trabajo, el medio ambiente y la comunidad.
39. Adhesión, Exigibilidad y Extensión a Subcontratistas
El presente Código forma parte integral de todo contrato, convenio, pedido, orden de compra u orden de servicio celebrado entre el proveedor y cualquier entidad de Grupo Telasist, y se entiende incorporado por referencia a los mismos, aun cuando no se acompañe físicamente. En caso de contradicción entre este Código y un contrato específico, prevalecerá la disposición que otorgue mayor protección a Grupo Telasist, salvo pacto expreso en contrario.
Con anterioridad al inicio de la relación comercial, y posteriormente cuando se emita una nueva versión, el proveedor deberá suscribir y entregar la carta de adhesión al presente Código por conducto de su representante legal, la cual se integrará a su expediente. La aceptación de un pedido, la emisión de una factura o la prestación efectiva de los servicios implican la aceptación tácita de este Código, sin perjuicio de la obligación de suscribir la carta de adhesión.
El proveedor declara y garantiza que cuenta con facultades suficientes para obligarse en los términos de este Código, que la información proporcionada a Grupo Telasist es veraz y completa, y que se obliga a mantener vigentes dichas declaraciones durante toda la relación comercial, notificando por escrito cualquier hecho que las modifique dentro de los cinco días hábiles siguientes.
El proveedor deberá hacer extensivas las obligaciones de este Código a su personal, contratistas, subcontratistas, comisionistas, agentes, distribuidores y a cualquier tercero que participe en la prestación de los servicios a Grupo Telasist, mediante instrumentos vinculantes, y será responsable solidario de las conductas de dichos terceros frente a Grupo Telasist. La subcontratación total o parcial de los servicios requiere autorización previa y por escrito de Grupo Telasist.
Ninguna disposición de este Código se interpretará como una renuncia de Grupo Telasist a sus derechos. La tolerancia o el retraso en el ejercicio de cualquier derecho derivado de este Código no constituirá renuncia al mismo ni impedirá su ejercicio posterior.
40. Vigencia, Revisión, Anexos y Ley Aplicable
Este Código entra en vigor en la fecha de su aprobación y permanecerá vigente hasta que sea sustituido por una versión posterior. El área de Compliance es responsable de su revisión al menos una vez al año, así como cuando ocurran cambios en la legislación aplicable, en la estructura de Grupo Telasist o en su perfil de riesgo, dejando constancia en el apartado de Control de Cambios.
Forman parte integral de este Código los siguientes anexos: Anexo A, Carta de Adhesión al Código de Integridad y Conducta para Proveedores; y Anexo B, Convenio de Confidencialidad. La falta de suscripción de los anexos no libera al proveedor del cumplimiento de las obligaciones previstas en este Código.
Las obligaciones de confidencialidad, protección de datos personales, conservación de registros, auditoría e indemnización previstas en este Código subsistirán a la terminación de la relación comercial, por el plazo que establezca la legislación aplicable o el convenio de confidencialidad correspondiente.
Este Código se rige por la legislación aplicable en los Estados Unidos Mexicanos. Para la interpretación y cumplimiento de este Código, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes de la Ciudad de México, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio presente o futuro. Cuando el proveedor opere en otra jurisdicción y la legislación local establezca un estándar más estricto que el previsto en este Código, prevalecerá el estándar más estricto.
Si alguna disposición de este Código resultare nula o inaplicable conforme a la legislación de alguna jurisdicción, dicha circunstancia no afectará la validez y exigibilidad de las demás disposiciones.
Última actualización: 13 de agosto del 2026